Las organizaciones de Pueblos Indígenas Originarios en ciudades
capitales de Bolivia, reunidos los días 5 y 6 de junio de 2014, en la ciudad de
Santa Cruz en instalaciones del Centro Cultural Santa Cruz, después de un
profundo análisis de la situación del movimiento indígena en las ciudades
capitales de los nueve departamento de Bolivia, el primer encuentro Nacional
emitimos la presente resolución.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia
contempla claramente los derechos de los pueblos indígenas al ejercicio de sus
sistemas políticos, jurídicos y económicos acorde a su cosmovisión.
Que, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)
y la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas Originarios de las
Naciones Unidas, ratificados como leyes del Estado Plurinacional de Bolivia;
cuyas normas internacionales incorporan a nuestro ordenamiento jurídico, el
derecho que tenemos los pueblos indígenas originarios, a la reafirmación,
consolidación e unificación como mecanismo legal de defensa ante vulneraciones
del Estado y el gobierno con medidas organizativas, legislativas,
administrativas etc.
Que, es una necesidad el fortalecimiento organizativo para garantizar y
proteger la identidad y existencia de las naciones que conforman las
organizaciones en ciudades urbanas de las capitales de los departamentos de
Bolivia para aplicar políticas de participación en estrados del estado
plurinacional de Bolivia.
Que, las ciudades se han construido sobre los territorios que
ancestralmente pertenecían a los Pueblos Indígenas Originarios, limitándonos en
la participación y toma de decisiones en los espacios públicos.
POR TANTO:
EL PRIMER ENCUENTRO NACIONAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS ORIGINARIOS EN CIUDADES
CAPITALES DE LOS DEPARTAMENTOS DE BOLIVIA, con los considerandos expuestos
RESUELVE:
Primero.- Exigir el cumplimiento de la Constitución Política del Estado
en sus artículos 1, 2 y 30 referidos a la libre determinación, autogobierno y
ejercicio de los derechos de los Pueblos Indígena Originario Campesinos.
Segundo.- Demandamos el cumplimiento inmediato de lo que establece la
Ley 482, de GOBIERNO AUTÓNOMOS MUNICIPALES referido a regular la estructura
organizativa y funcionamiento de los Gobierno Municipales de manera coherente a
las organizaciones indígenas de las ciudades capitales de Bolivia, con la
creación de las Subalcaldías Municipales para una participación directa con
procedimientos y normas propias.
Tercero.- Exigir a los Concejos Municipales de ciudades capitales
aprueben leyes municipales donde se incorpore representantes de los Pueblos
Indígenas Ooriginarios de manera directa al concejo municipal, respetando las
normas y procedimientos propios en los órganos legislativo y ejecutivo, siendo
esto constitucional y jurídico. Así como incluir en las Cartas Orgánicas la
distritacion indígena.
Cuarto.- Proponemos la creación de las Secretarias de Desarrollo y Vivir
Bien de los Pueblos Indígenas Originarios en los municipios de Bolivia, así
como la promoción de la cultura y el desarrollo económico de las diferentes
Naciones y Pueblos Indígenas Originarios.
Quinto.- Que se doten de tierras con titulación colectiva o individual
comunitaria, amplias y suficientes para las comunidades indígenas urbanas para
el acceso a una vivienda digna y servicios básicos.
Sexto.- Exigir al Tribunal Constitucional Plurinacional que rechace y
devuelva para su adecuación, las Cartas Orgánicas y Estatutos Autonómicos
Departamentales que no incluyan la representación directa de los Pueblos
Indígenas como regímenes de minorías al interior de ciudades de acuerdo a lo
que establece la Constitución Política del Estado.
Séptimo.- Convocar a un segundo Encuentro Nacional de Pueblos Indígenas
Originarios de Ciudades de Bolivia.
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