PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL
La Ley 341 de
Participación Ciudadana y Control Social que en su artículo 7 menciona que
cualquier persona u organización puede y debe controlar la gestión pública,
velar por el buen manejo de los recursos económicos en todos los niveles del Estado. Esta nueva normativa define que el Control
Social es el control y la evaluación que hace la sociedad civil a las políticas
públicas en las fases de implementación y conclusión por parte del gobierno
municipal.
Además mencionó que anteriormente con el Comité de Vigilancia tenían reuniones distritales, para resolver algunos problemas que las comunidades tuviesen o para ver lo del POA, y las reuniones que como delegados sostenían para gestionar ante la Alcaldía el cumplimiento de los proyectos. También, Fernández señaló que con esta Ley ya no tienen viáticos que antes les ayudaba a cubrir sus pasajes y otros gastos cuando les tocaba ir a las comunidades. “A veces las comunidades no le cubren a uno como delegado, ir allá, a veces uno se queda hasta dos o tres días. Por ejemplo en mi distrito son 20 comunidades, no es nomás ir, sino ver que se cumplan las necesidades de cada comunidad. Ahora ya no hay una ayuda, un viático, antes nos daban la alimentación, había para reunirnos, ahora no hay eso, todo depende de nosotros como delegados, buscar de nuestro propio recurso si queremos estar allá”.
“Ahora el Control Social viene desde las comunidades, siempre ha venido, ahora tiene más fuerza, está en la Ley, y si alguna cosa pasa dentro de las comunidades que lo vean como Control Social, no solamente es la autoridad de la comunidad sino que todos los que estamos adentro porque la comunidad pertenece a todos”, puntualizó el representante del Control Social en la ACISIV y resaltó la importancia de socializar más esta Ley para informar a la población que hasta ahora no conocen a cabalidad de lo que trata.
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