Rodrigo
Puerta Director General de autonomías municipales del Ministerio de Autonomías |
Al proceso de
Cartas Orgánicas se suman el trabajo de la Ley municipal de ordenamiento
jurídico que cada municipio debe trabajar.
Asimismo algo que aparece como “nuevo” en este escenario es el tema de
los distritos indígenas dentro de los municipios, los mismos que deberán ser
incluidos en las cartas orgánicas donde haya una población minoritaria
indígena.
__ ¿Cómo
avanza el proceso de las cartas orgánicas en el país?
Avanza
creemos nosotros de manera muy saludable, hay 56 cartas orgánicas en el
Tribunal Constitucional, una ya tiene declaratoria que es Cocapata, nos ha
servido para evaluar un poco cómo el control de constitucionalidad hace su
evaluación. Además, para ver qué temas posiblemente estaban mal en esa
carta. Estamos nosotros difundiendo esa
declaratoria, por los municipios para que no se cometan algunos errores.
__ ¿Cuáles serían esos
errores?
El
principal es que muchas cartas orgánicas y esto porque los concejos municipales
contratan a consultores, los cuales, por hacer el trabajo lo más simple posible
copian muchas cosas de la Ley de Municipalidades (2028) y entre las cosas que
han copiado hay muchos temas que tienen que ver con separación de órganos y que
en la 2028 no hay esa separación de órganos, entonces cuando esos temas que no
separan órganos se pasan a la carta orgánica las declaratorias ya lo observan,
dicen: en este municipio en su carta orgánica no se está dando la separación de
órganos que plantea la constitución y la ley marco.
__ ¿Cuáles son las fases de
la Carta Orgánica y en cuál deberíamos estar ahora?
Las
tres fases son preparación, elaboración y aprobación. Ahora en el país existen aproximadamente 150
municipios que están entre la fase de elaboración y aprobación. Aproximadamente hay otros 150 que están en la
primera. Están en esa fase viendo
procesos de información, de socialización, antes de empezar el proceso formalmente. Y otros que están pensando que en algún
momento quisieran constituir una autonomía indígena, pues no todos querrán ir
por carta orgánica, y hay otros que están bien cómodos como están, porque hay
un marco que todavía los ampara. La
carta orgánica fundamentalmente puede potenciar sus facultades legislativas y
fiscalizadoras. Es probable que muchos
al año que viene incluso pasen sus
referéndums y apliquen, no nos animamos a dar un estimado, pero el próximo año
van haber varios municipios con cartas orgánicas en funcionamiento.
__ ¿Cómo avanza este
proceso en Santa Cruz?
La
mayor parte de los municipios de Santa Cruz ya han elaborado inicialmente sus
cartas, tal vez el 20%, ya están aprobadas en sus concejos. El resto todavía está en diseño de documentos
a través de sus procesos participativos en algunos está tardando mucho.
El
municipio capital ha tenido varios ensayos de formalizar su proceso, aún sigue
en fase de preparación, se va preparando una vez y otra vez y otra vez, pero
todavía no pasa de la preparación a la elaboración porque ese paso es cuando el
proceso se formaliza, cuando se tiene una norma que define el cómo se lo va a
hacer. Santa Cruz tuvo en un momento
pero no se lo aplicó o se lo repensó, parece que se lo está repensando en este
momento, pero aún no hay un proceso formal de construcción. Debe haber mucha gente que está trabajando en
diseñar ese proceso, pero un proceso con la gente participativo, formal con
cronograma, eso todavía aún no hay.
__ ¿Cuál es la importancia
de la ley de ordenamiento jurídico?
Es
sumamente importante porque en este momento muchos municipios todavía se
manejan por la ley o lo que queda de la ley 2028. Es necesario que introduzcan esta ley de
ordenamiento jurídico porque ahí se introduce el término de ley y a partir de
eso tendrán que hacer su reglamento general donde tendrán que tener un
procedimiento legislativo para hacer estas leyes, así como está con esos
instrumentos incluso pueden ser vulnerables de ser demandadas de ser
inconstitucionales algunas normas, por procedimiento porque no se ha definido
en cada municipio una estructura jurídica y un procedimiento legislativo.
__ ¿Qué pasos hay que
seguir para la creación de los distritos indígenas?
Lo
primero que se tiene que hacer es que el pueblo esté en condición de minoría,
cuando el pueblo esté en condición de minoría y no se haya constituido en una
autonomía indígena, tiene la posibilidad de crear un distrito. El cual tiene como características, la
representación, tendrían que tener un representante ante el concejo municipal,
así lo dice la constitución, ese representante tiene que ser definido a partir
de su carta orgánica o norma municipal según la ley marco y debe coincidir en
los periodos de mandatos con los concejales, no puede haber un representante
que aparezca a mitad de la gestión.
__ ¿Cómo se puede dar la
creación de este distrito indígena?
El
proceso del pueblo tiene que ir a partir de su propia Carta Orgánica, el
concejo municipal es el que impulsa y el responsable de por lo menos debatir el
tema, eso significa que el concejo municipal debería tener audiencias con el
pueblo, empezar a discutir, debatir el tema.
Ese es el camino, la vía y así debería ir construyéndose.
“…cuando el pueblo esté en condición de
minoría y no se haya constituido en una autonomía indígena, tiene la
posibilidad de crear un distrito. El
cual tiene como características, la representación, tendrían que tener un
representante ante el concejo municipal, así lo dice la Constitución”
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