La Explotación petrolífera se dará en 8 de los 22 parques
nacionales que existen en el país, según lo establece el Decreto Supremo 2366,
así manifestó a Erbol el Viceministro de Medio Ambiente, Gonzalo Rodríguez en
día pasado.
Este Decreto Supremo ha hecho que diferentes pueblos
indígenas del oriente, chaco y amazonia se manifiesten, en contra de este
decreto y otros como ser el Decreto Supremo: 2195, 2298 y 2368. Es el caso del
pueblo guaraní que desde el 4 de junio se ha declarado en estado de emergencia
por los diferentes atropellos y vulneración de derechos que vienen sufriendo en
su territorio.
A raíz de la aprobación de estos decretos, la asamblea del
pueblo guaraní acudió al Defensor del Pueblo para presentar un recurso de
inconstitucionalidad de estos decretos que vulneran los derechos de los pueblos
indígenas.
Es así, que el pasado 29 de junio el Defensor del Pueblo ha
presentado un recurso de inconstitucionalidad
del art. 4 y 6 del Decreto Supremo 2195, la cual regula el porcentaje de
compensación. Este recurso fue presentado ante el tribunal constitucional.
En ese sentido la asamblea del pueblo guaraní, mediante una
resolución el pasado 2 julio resuelve apoyar la determinación del defensor del
pueblo, al interponer una acción de inconstitucionalidad.
En la misma resolución la APG, declara que el Decreto Supremo
2195, regula de manera porcentual los recursos de compensación y el D.S 2298, modifica
la consulta y participación de los Pueblos indígenas en actividades
hidrocarburíferas en área protegidas atentan y vulneran los derechos de los
pueblos indígenas.
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