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martes, 30 de septiembre de 2014

Comarapa

EN EL UMBRAL DE SU CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL


Con una población de 15.877 habitantes aproximadamente este municipio ubicado en los valles del departamento de Santa Cruz y conocido por su vocación productiva en el área agrícola, pecuaria, turística y ambiental.  Comarapa cuenta ya con el primer borrador de su Carta Orgánica Municipal, este proceso que se inició el año 2012 y que desde diciembre del 2013 hasta la fecha espera la aprobación de cada uno de sus artículos por parte del Concejo Municipal.

Dentro de la primera etapa, se conformó un comité impulsor quienes a se encargaron de socializar este proceso y a través de las organizaciones y comunidades sus respectivos representantes para conformar la Asamblea Municipal, la misma que está compuesta por 71 asambleístas titulares y suplentes que a la vez están alternados entre hombre y mujer, y distribuidos en 8 comisiones de trabajo.  En este sentido, el Presidente de la Asamblea Municipal dijo sentirse satisfecho porque ahora las personas del campo son tomadas en cuenta, puesto que se incluyó a cada uno de los sectores del municipio en la redacción de este documento. 

Por su parte, Hugo Valverde, Presidente del Concejo Municipal de Comarapa mencionó que el 100% del presupuesto se ejecuta directamente desde el municipio, que son 200.000 Bs. hasta la finalización de este proceso y que hay una cooperación de parte de las ONG’s que trabajan en la zona, pero en la parte técnica y no en la parte financiera.

En contraste con otros procesos de C.O.M. y lo especial de la elaboración de la Carta Orgánica de Comarapa es lo participativo que fue, esto según el Presidente del Consejo Municipal, quien enfatizó: “Muchos municipios han optado a través de una consultora o un equipo de profesionales, trabajar el documento y presentarlo a la población.  Nosotros hemos querido arriesgarnos, si vale el término, y seguir el camino que se siguió para la construcción de la Constitución Política del Estado a través de la Asamblea constituyente”.
La Directiva de la Asamblea Municipal para la COM
En el II Encuentro Municipal sobre Procesos Autonómicos



jueves, 25 de septiembre de 2014

EL CAMINAR TODAVÍA NO HA TERMINADO: hablemos de las características de los Distritos Municipales y los Distritos Municipales Indígena

Milton Chacay Guayupari

Un Municipio puede organizar su espacio territorial con el objetivo de optimizar la planificación y la administración municipal. A ese espacio territorial organizado se le denomina distrito. La ley Marco de Autonomías y Descentralización prevé dos modalidades; distritos municipales (no indígenas) y distritos municipales indígena originario campesinos. Estas dos modalidades de distrito presentan una diferencia sustancial; los distritos municipales “no indígenas”, son “espacios desconcentrados”, en cambio, los distritos municipales indígenas originarios campesino, por el principio de preexistencia de las naciones indígenas que la constituyen son “espacios descentralizados”. Los distritos municipales no indígenas por su carácter desconcentrado, tienen una dependencia directa del gobierno municipal central, es decir, las decisiones en gran parte recae en este nivel de gobierno, en tanto que los distritos municipales indígenas tienen una relativa autonomía en cuanto a la gestión municipal y otras características que vamos a desarrollarla más adelante.

Revisemos la Ley 031 Marco de Autonomías y Descentralización. En el Capítulo II, denominado Espacios de Planificación y Gestión, vamos a la Sección III, artículo 27. El parágrafo I de este artículo nos delimita conceptualmente lo que es un distrito municipal no indígena, su desconcentración es en la administración, gestión, planificación, participación ciudadana y su descentralización se da en los servicios públicos, aunque no lo dice explícitamente pero suponemos que se refieren a los servicios públicos. Para terminar la caracterización de esta modalidad de organización municipal, en el mismo artículo, dice que en estos distritos municipales se podrá - es decir que no es una obligación- establecer una subalcaldía y en consecuencia designar un@ subalcade. En caso de proceder a configurar esta organización municipal de distritos, deberá – obligatoriamente- estar escrita en la carta orgánica y en las leyes del municipio.

En la misma Ley Marco, en la Sección IV titulado Distritos Municipales Indígena Originario Campesinos, artículo 28, en el primer parágrafo dice, que a iniciativa de las Naciones y Pueblos Indígenas Originario Campesinos (NyPIOC), los municipios crearán distritos municipales indígena originario campesino (DMIOC). Entiéndase bien, en este caso, la potestad de la iniciativa para desarrollar un distrito indígena recae en el o los pueblos indígenas del Municipio y por ningún motivo en otras instancias o en otros grupos sociales. Los distritos municipales indígenas, no constituyen jurisdicciones territoriales, por lo tanto, pueden estar basados o no en el territorio de los NyPIOC o hacerlo sencillamente a partir de comunidades concentradas o dispersas. El requisito sin embargo, es que sean minoría poblacional. Entonces para quedar claro, esta posibilidad de hacer distritos municipales indígenas, son para las “minorías” que no tienen absoluta posibilidad de hacer autonomía indígena.

Otra característica importante a mostrar es, que las NyPIOC de los distritos indígenas conformados, elegirán a sus representantes al Concejo Municipal a través de normas y procedimientos propios al igual que sus “autoridades propias”, aquí no se refiere a los tradicionales sino a los que van a ejercer la administración de ese espacio de planificación y administración llamado distrito municipal indígena. Finalmente, aquellos DMIOC que hayan desarrollado suficiente capacidad y cuenten con un Plan de Desarrollo Integral (PDI) que plasme la visión de la NyPIOC, podrán acceder a recursos financieros para implementarla. Una de las críticas a esta exigencia de la normativa para acceder al recurso financiero, es que se pueda caer nuevamente en el tradicional “tecnicismo” que hace recordar a los famosos Plan de Desarrollo de Distritos Indígenas (PDDI) de la época de la Participación Popular (PP), que en vez de ser un instrumento de fácil aplicación para los sujetos indígenas, terminó siendo un “artefacto técnico” complejo y rebuscado que generaba mayor dependencia hacía los famosos “ingenieros” de dichas herramientas de planificación. Y para terminar este párrafo debemos decir que al igual que el caso de los distritos municipales no indígenas, los DMIOC tendrán necesariamente que estar incluida en la Carta Orgánica Municipal correspondiente, ya que ésta es la normativa base que rige al Municipio.

Hasta aquí hemos hecho un rápido desglose de las características, basándonos en la normativa vigente. Ahora veamos un caso específico y nos referiremos al caso guaraní. En junio del 2009, la nación guaraní determino implementar la autonomía indígena a través de la conversión en los municipios de: Charagua, Gutiérrez, Lagunillas, Huacaya y Cabezas, considerando que en estos municipios había mayoría poblacional guaraní y además por la proporción de población votante indígena guaraní existente que garantizarían una victoria en los referendos municipales. Hasta la fecha Charagua y Huacaya están en un momento bastante avanzado para culminar el proceso de aprobación de sus respectivos estatutos autonómicos y en el Municipio de Gutiérrez están en la fase de cumplir con los requisitos para solicitar la realización de referendo de conversión. Pero existen otros municipios en la que la población guaraní es minoría y aunque exista esa disposición y determinación política de transitar hacia una autonomía indígena, técnicamente sería imposible. En esos casos, la nación guaraní ha visto conveniente que se debe ir construyendo los Distritos Municipales Indígenas Guaraní (DMIG). Veamos el siguiente cuadro, que nos permitirá entender panorámicamente los posibles casos de conformación de DMIG.

Capitanía
Municipio
Departamento
Takovo Mora
Cabezas
Santa Cruz
Kaami
Camiri
Ñumbite
Cuevo
Boyuibe
Boyuibe
Zonacruz[1]
Warnes
Santa Cruz
Cotoca
Colpa, etc
Ingre
Villa Vaca Guzman
Chuquisaca
Kereimbarenda
Huacareta
Huacareta
Añimbo
Ingre
Huacareta y Monteagudo
Yakuigua
Yacuiba
Tarija
Karaparí
Karaparí
Villamontes
Villamontes
Fuente: Elaboración propia (2014)

La conformación de los DMIG, no es un proceso automático, la normativa abre las posibilidades pero su construcción depende de la determinación política de los sujetos indígenas o no indígenas que viven y forman parte de un Municipio. En ocasiones se plantean más retos técnicos y políticos que soluciones, por ejemplo, para los guaraní que viven en la ciudad de Santa Cruz, a decir de Pueblo Nuevo, Barrio Nuevo, Samaria y otros, ¿cómo sería su proceso para hacer un DMIG?,  tomando en cuenta que no cuenta solo el hecho de ser parte de una NyPIOC, sino que existen intereses oposición y resistencias de otros grupos sociales, sectores u organizaciones, etc., pero también existen otros pueblos indígenas como ser Ayoreode, Gwuarayo, Chiquitano, etc. En el caso de los guaraní que viven en Warnes, mirándolo rápidamente tendrían mejores posibilidades para caminar a construir un DMIG, como también la Capitanía de Takovo Mora en el Municipio de Cabezas; la Capitanía Kaami en el Municipio de Camiri; la Capitanía Iguembe y Kereimbarenda en el Municipio de Villa Vaca Guzmán (Muyupampa). Estas tres últimas Capitanías ya han incorporado en la respectiva Cartas Orgánicas Municipales la creación de DMIG, pero queda seguir pensando la edificación de su institucionalidad, está muy bien el haber logrado inscribirla y escribirla en la normativa base, pero si luego se deja que “el otro” termine diseñando su estructuración, el proceso habrá sido incompleto. El caminar todavía no ha terminado.

lunes, 15 de septiembre de 2014

Ascensión de Guarayos

CONSTRUYENDO UN NUEVO MUNICIPIO CON PARTICIPACIÓN Y CARTA ORGÁNICA

Ascensión de Guarayos se encuentra dentro de la Provincia Guarayos, cuenta con una población de 27.070 habitantes y una superficie aproximada de 7.660 Km. Al Noroeste del departamento de Santa Cruz.   Este municipio que en sus inicios no contaba con la experiencia en la elaboración de la Carta Orgánica Municipal, inició la primera fase de este proceso en abril del 2012 y en julio de ese mismo año conformaron su Asamblea Municipal, a la cabeza del Concejal Lino Barrientos quien es Presidente del Concejo Municipal y a su vez responsable de la Comisión autonómica.

Asamblea Municipal de Ascensión de Guarayos
Según el Presidente del Concejo Municipal, se tomó en cuenta a todos los sectores del municipio, los cuales según el mapeo que se realizó suman a 37, entre sociales, productivos y territoriales.   En este sentido, se identificaron seis áreas de trabajo, y se conformaron seis comisiones, seis mesas de trabajo para la elaboración de la Carta Orgánica Municipal de Ascensión de Guarayos.   Asimismo, se trabajó mucho en la difusión de este trabajo para que la población pueda participar y hacerlo suyo, “la sensibilización hace que cada persona se sienta con la obligación de participar en esta elaboración de Carta Orgánica que va a ser de beneficio no solamente de un año o dos años, sino posiblemente de 20, 30 o 50…  Entonces van a usar esta Carta Orgánica, les va a regir en cómo dirigir su municipio a nuestros hijos, nietos y bisnietos, hasta que haya una necesidad de readecuar…” así lo mencionó el Presidente del Concejo Municipal.

Actualmente el Municipio de Guarayos está a la espera de la respuesta del Tribunal Constitucional Plurinacional respecto a su Carta Orgánica y como lo estipula la Ley marco de Autonomías debe ser un proceso participativo.  En Guarayos se quiso respetar esta norma y trabajar en conjunto con la sociedad civil de este lugar. “A veces se tiene un falso criterio de que la Carta Orgánica se hace en un campo de batalla de peleas entre sectores sociales, entre distritos, entre comunidades, porque se piensa que es una especie como  de POA, pero no es un POA, no es la distribución de recursos, más bien es una distribución de derechos y obligaciones que cada individuo tiene”, puntualizó el Concejal Barrientos.  
Comisión de trabajo en plena asamblea para la elaboración de la COM